Estructura de las Zonas Educativas
Cada Zona Educativa está conformada por las siguientes
unidades administrativas: División de Gestión Interna, División de Supervisión,
División de Investigación y Formación Docente, División de Educación de Niñas, Niños
y Población con Necesidades Educativas Especiales, División de Educación de Adolescentes,
Jóvenes y Población Adulta, División de Comunidades Educativas y Unión con el Pueblo
y División de Instalaciones y Logística. En los estados Amazonas, Anzoátegui,
Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Zulia, Mérida y Sucre se le adiciona la
División de Educación Indígena.
Las Divisiones de la Zona Educativa estarán bajo la coordinación
y supervisión del Director o Directora de la Zona Educativa, conforme a los lineamientos y directrices de las
instancias nacionales de cada área de competencia del Ministerio del Poder
Popular para la Educación.
Director o Directora
de la Zona Educativa
Cada Zona Educativa contará con un Director o Directora, designado(a)
por el Ministro o Ministra del Poder Popular para la Educación, que tiene como
competencia dirigir, coordinar y supervisar la Zona Educativa. El Despacho de
la Directora o Director de la Zona Educativa contará con una Secretaría
Ejecutiva y una Coordinación de Gestión Comunicacional.
División de Gestión
Interna
La División de Gestión Interna tiene como objeto apoyar la gestión educativa en el ámbito territorial correspondiente en las áreas de administración, gestión humana, atención ciudadana y consultoría jurídica. Tiene como funciones:
- Coordinar y supervisar las actividades administrativas y contables de la Zona Educativa.
- Coordinar la planificación operativa, la formulación, ejecución presupuestaria y la rendición de cuentas de la Zona Educativa, conforme a los lineamientos de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
- Garantizar el cabal cumplimiento de las normas y procedimientos que en materia de administración de personal señalan la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores, la Ley Orgánica de Educación, los demás instrumentos jurídicos, las convenciones colectivas de trabajo y las políticas de personal dictadas por la Oficina de Gestión Humana del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
- Garantizar un trato amable, eficiente, oportuno y justo a los requerimientos y solicitudes que en materia de personal reciba por parte de las y los ciudadanos, así como promover un clima de trabajo acorde con la función educativa del Ministerio.
- Coordinar el cumplimiento de los procesos de tramitación de ingresos, egresos, suplencias, ascensos y promociones del personal del Ministerio en su espacio territorial.
- Asesorar a la Directora o Director de la Zona Educativa en materia de su competencia.
- Realizar las demás actividades en materia administrativa, de gestión humana, atención ciudadana y consultoría jurídica que indiquen las oficinas con competencia en tales áreas del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
La División de Gestión Interna está integrada por las Coordinaciones de:
Administración, Planificación y Presupuesto, Gestión Humana, Atención Ciudadana
y Consultoría Jurídica
La División de Supervisión tiene como objeto garantizar
el acompañamiento pedagógico, la evaluación institucional y el seguimiento de
los procesos educativos en todos los centros, planteles y servicios educativos,
en coordinación con las divisiones con competencias en los distintos niveles y
modalidades, conforme a los lineamientos establecidos por el Despacho del
Viceministro o Viceministra de Educación. Tiene como funciones específicas:
- Coordinar y supervisar el trabajo de los municipios o parroquias escolares y de los circuitos educativos en su ámbito territorial.
- Coordinar la supervisión periódica de todos los planteles de la entidad federal, así como las acciones de supervisión extraordinarias que fueran necesarias.
- Mantener actualizados los registros de planteles, estudiantes y docentes.
- Tramitar las solicitudes de creación de nuevos planteles y servicios educativos, extensión de estudios y supresión de planteles.
- Velar por el cumplimiento de las recomendaciones de la supervisión en todos los planteles.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
La División de Supervisión cuenta con tres
Coordinaciones: La Coordinación de Municipios Escolares (o de Parroquias
escolares en los casos del Distrito Capital y el Estado Vargas); La
Coordinación de Registro y Control de Estudios y La Coordinación de Planteles
bajo administración privada.
División de
Investigación y Formación Docente
La División de Investigación y Formación Docente tiene
como objeto garantizar los procesos de formación permanente de las y los
docentes en la entidad federal, conforme a los lineamientos establecidos por el
Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación. Tiene como funciones
específicas:
- Velar por el funcionamiento pleno del Centro Regional y los Centros Locales de Investigación y Formación Docente.
- Promover, apoyar y dar seguimiento a la creación, funcionamiento y fortalecimiento de los colectivos de formación docente en cada uno de los centros educativos de la entidad federal.
- Coordinar y articular las actividades de formación que se realizan en el estado.
- Organizar los congresos pedagógicos estadales y municipales, así como las giras pedagógicas y otras formas de intercambio de experiencias entre centros educativos.
- Promover, mantener el registro y garantizar la difusión de experiencias y la elaboración de recursos para el aprendizaje en la entidad federal.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
La División de Formación Docente cuenta con dos
Coordinaciones: La Coordinación de Seguimiento de la Formación Docente y La
Coordinación de Recursos para el Aprendizaje.
División de Educación
de Niñas, Niños y Población con Necesidades Educativas Especiales
La División de Educación de Niñas, Niños y Población con
Necesidades Educativas Especiales tiene como objeto coordinar la ejecución y el
seguimiento de las acciones para garantizar una educación de calidad para todas
las niñas, niños y población con necesidades educativas especiales, a través de
planteles y servicios de educación inicial, primaria y de la modalidad de
educación especial, conforme a los lineamientos establecidos por el Despacho
del Viceministro o Viceministra de Educación de Educación Inicial y Primaria.
Tiene como funciones específicas:
- Coordinar la ejecución y el seguimiento de las acciones dirigidas al mejoramiento, fortalecimiento y transformación de los planteles y los servicios educativos de los niveles de educación inicial, educación primaria y de la modalidad de educación especial.
- Promover, coordinar las acciones y realizar el acompañamiento necesario para desarrollar prácticas educativas fundadas en la pedagogía del amor, el ejemplo y la curiosidad, en coordinación con las demás divisiones de la Zona Educativa.
- Promover, coordinar las acciones y realizar el acompañamiento necesario para impulsar climas escolares y sistemas de gestión caracterizados por el respeto, la confianza, la solidaridad y la participación, en coordinación con las demás divisiones de la Zona Educativa.
- Efectuar el seguimiento, supervisión, evaluación y control de la gestión escolar de los centros e institutos de educación inicial, educación primaria y educación especial, en coordinación con la División de Supervisión.
- Participar en el proceso de ejecución de planes de formación permanente para los y las docentes, en coordinación con la División de Formación.
- Coordinar las acciones para la articulación horizontal, vertical y transversal de la educación especial con los diferentes niveles y modalidades educativas.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación Inicial y Primaria.
La División de Educación de Niñas, Niños y Población con
Necesidades Educativas Especiales cuenta con tres coordinaciones: La Coordinación
de Educación Inicial, La Coordinación de Educación Primaria y La Coordinación
de Educación Especial.
La División de Educación de Adolescentes, Jóvenes y
Población Adulta tiene como objeto coordinar la ejecución y el seguimiento de
las acciones para garantizar una educación de calidad para todos los
adolescentes, jóvenes y población adulta, a través de planteles y servicios de
educación media general y técnica y de la modalidad de educación para jóvenes,
adultos y adultas, conforme a los lineamientos establecidos por el Despacho del
Viceministro o Viceministra de Educación Media. Tiene como funciones
específicas:
- Coordinar la ejecución y el seguimiento de las acciones dirigidas al mejoramiento, fortalecimiento y transformación de los planteles y los servicios educativos del nivel de educación media y de la modalidad de educación de jóvenes, adultos y adultas.
- Promover, coordinar las acciones y realizar el acompañamiento necesario para desarrollar prácticas educativas fundadas en la pedagogía del amor, el ejemplo y la curiosidad, en coordinación con las demás divisiones de la Zona Educativa.
- Promover, coordinar las acciones y realizar el acompañamiento necesario para impulsar climas escolares y sistemas de gestión caracterizados por el respeto, la confianza, la solidaridad y la participación, en coordinación con las demás divisiones de la Zona Educativa.
- Efectuar el seguimiento, supervisión, evaluación y control de la gestión escolar de los centros e institutos de educación media general y técnica, así como de la modalidad de educación de jóvenes, adultas y adultos, en coordinación con la División de Supervisión.
- Participar en el proceso de ejecución de planes de formación permanente para los y las docentes, en coordinación con la División de Formación.
- Coordinar con las misiones educativas en la entidad federal correspondiente para garantizar el ejercicio del derecho a la educación por parte de jóvenes, adultas y adultos.
- Coordinar las acciones para la articulación de servicios y planteles de educación de jóvenes, adultas y adultos, en función de garantizar la educación a lo largo de la vida de toda la población.
- Coordinar y supervisar los proyectos de educación-producción que se realicen en el ámbito territorial.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación de Educación de Adolescentes, Jóvenes y Población Adulta.
La División de Educación
de Adolescentes, Jóvenes y Población Adulta la integra tres coordinaciones: la Coordinación de Educación Media General, la Coordinación de Educación
Media y Técnica y la Coordinación
de Educación de Jóvenes y Población Adulta.
La División de Comunidades Educativas y Unión con el
Pueblo tiene como objeto coordinar, seguir, supervisar, evaluar y controlar las
acciones dirigidas a la participación y la formación ciudadana de las
comunidades educativas; el desarrollo y protección de los y las estudiantes; la
corresponsabilidad educativa de la sociedad, la educación para todos y todas;
la promoción de prácticas culturales con enfoque diverso; el deporte, la
actividad física y recreativa, conforme a los lineamientos establecidos por el
Despacho del Viceministro o Viceministra de Comunidades Educativas y Unión con
el Pueblo. Tiene como funciones específicas:
- Coordinar y dar seguimiento a las acciones y estrategias para la educación ciudadana, y la organización, formación y consolidación de la participación de las comunidades educativas, en coordinación con las demás divisiones de la Zona Educativa.
- Promover, sistematizar y dar seguimiento a las acciones y estrategias que favorezcan una cultura de la responsabilidad de la sociedad en los procesos educativos.
- Velar por el cumplimiento de las directrices de la educación intercultural bilingüe a los fines de garantizar la educación integral de los niños, las niñas, las y los adolescentes, las y los jóvenes, los adultos y las adultas, de los pueblos y las comunidades indígenas y afrodescendientes, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y mitologías, así como también su organización social, económica, política y jurídica, todo lo cual constituye patrimonio de la nación, en coordinación con el órgano rector con competencia nacional en la materia.
- Promover, coordinar la ejecución, sistematizar y dar seguimiento a las acciones y estrategias para garantizar la protección y el desarrollo de las y los estudiantes, y la organización estudiantil para contribuir a la formación ciudadana, así como a la inclusión, permanencia y prosecución en el subsistema de educación básica en todos sus niveles y modalidades.
- Coordinar la ejecución, promover, sistematizar y dar seguimiento a las acciones y estrategias dirigidas a garantizar el derecho a la actividad física, el deporte, la recreación y las diversas prácticas culturales, dentro del subsistema de educación básica en todos sus niveles y modalidades, conforme a las políticas nacionales en estas materias.
- Coordinar la ejecución, promover, sistematizar y dar seguimiento a las acciones y estrategias dirigidas a la educación republicana para todos y todas, activando el deber fundamental que tienen las familias, los medios de comunicación, las instituciones públicas y privadas, los movimientos sociales y la sociedad en general sobre la educación para la vida, la convivencia solidaria y el respeto a la diversidad cultural.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Educación del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
La División de Comunidades Educativas y Unión con el Pueblo cuenta con ocho coordinaciones: La Coordinación de Comunidades Educativas, La Coordinación de Educación Intercultural, La Coordinación de Protección Estudiantil, La Coordinación de Promoción Cultural y La Coordinación de Deporte y Recreación, Programa Manos a La Siembra, Coordinación Canaima, Sala Situacional Rubén Palacios
División de
Instalaciones y Logística
La División de Instalaciones y Logística tiene como
objeto coordinar, seguir, supervisar y controlar los procesos de construcción,
mantenimiento, reparación, remodelación y ampliación de instalaciones educativas
y administrativas; el suministro de bienes y dotaciones educativas; así como,
el seguimiento y aseguramiento de las operaciones logísticas vinculadas a los
servicios educativos, conforme a los lineamientos establecidos por el Despacho
del Viceministro o Viceministra de Instalaciones y Logística. Tiene como
funciones específicas:
- Velar por el cumplimiento de los estándares, parámetros y normas de calidad de las instalaciones educativas, de los bienes y dotaciones educativas.
- Realizar el seguimiento de los procesos de construcción, mantenimiento, reparación, remodelación y ampliación de las edificaciones educativas oficiales.
- Programar y realizar el seguimiento de los procesos de suministro, mantenimiento y renovación de los bienes y dotaciones educativas.
- Gestionar los servicios de apoyo logístico al proceso educativo.
- Realizar las demás actividades en su área de competencia que indique el Despacho del Viceministro o Viceministra de Instalaciones y Logística.
La División de Instalaciones y Logística contará con
cuatro coordinaciones: La Coordinación de Edificaciones Escolares, La
Coordinación de Dotaciones, La Coordinación de Mantenimiento y La Coordinación
del Sistema de Alimentación Escolar.
Decreto
Presidencial N° 2273 de fecha 11 de marzo de 2016, Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 6219 Extraordinario de fecha 11 de marzo
de 2016
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